CNDH se pronuncia por respetar el derecho de las mujeres a decidir sobre su vida sexual y reproductiva.
En el marco del Día por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se pronuncia por respetar el derecho a decidir de las mujeres sobre su vida sexual y reproductiva, en contra de la criminalización que sufren cuando se ven orilladas a la interrupción de un embarazo y reconoce que la falta de acceso al aborto legal, seguro y gratuito es una clara violación a sus derechos fundamentales.
La CNDH considera que esta situación vulnera los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, así como los relativos a la igualdad y la no discriminación, a la autodeterminación, a la vida, a no ser sometidas a torturas, a la libertad y seguridad personales, a no ser objeto de injerencias arbitrarias en la vida y la familia y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, por lo que exhorta a todas las entidades del país a que, en el marco de sus competencias, garanticen el aborto legal, seguro y gratuito como parte de los derechos humanos de las mujeres para el acceso a una ciudadanía plena y una vida digna.
Este Organismo Autónomo recuerda que la violencia cometida contra los cuerpos de las mujeres y la doble victimización por embarazos no deseados e impuestos a lo largo de la historia dio origen a múltiples movimientos, cuya principal demanda es el acceso irrestricto a la ciudadanía y a la autonomía sobre el propio cuerpo.
Actualmente en nuestro país solo la Ciudad de México y el estado de Oaxaca consideran la interrupción legal del embarazo hasta la semana 12 de gestación; la reforma que colocó a la capital como garante de la autonomía reproductiva de las mujeres se dio en el año 2007, mientras que la segunda fue aprobada en el 2019.
Que sólo en dos entidades de nuestro país las mujeres puedan decidir sobre su vida, su sexualidad y la continuación o interrupción de un embarazo, es digno de reconocimiento, mientras que los 30 estados restantes, donde se les ha negado a las mujeres el acceso a este derecho, son corresponsables de la injusticia y violencia cometida contra ellas, así como de la clandestinidad y muertes de mujeres por abortos mal practicados y de la impunidad alrededor de ellos.
Lo anterior no sólo provoca una situación de discriminación jurídica y de injusticia social, también naturaliza la violencia institucional contra las mujeres con argumentos basados en prejuicios, religiones y posiciones personales por encima de los derechos humanos, la laicidad y el mandato constitucional de la igualdad y la no discriminación. Por otro lado, aunque en todas las entidades federativas existen causales de no punibilidad que permiten el acceso al aborto seguro y legal, como: el embarazo por violación, el grave daño a la salud de las mujeres, las malformaciones congénitas del producto, el riesgo de vida de la mujer, el imprudencial, por razones económicas, y otras más, en la práctica se imponen múltiples barreras para que en los cuerpos de las mujeres decidan otros, nunca ellas. El desconocimiento que existe por parte de las autoridades y del personal de salud respecto a sus obligaciones para cumplir con la ley y atender a las mujeres que solicitan un aborto en el marco de alguna de las causales de no punibilidad, aunado a los servicios públicos de salud insuficientes, deficientes, de mala calidad y poco accesibles para amplias capas de la población, así como los mitos, estereotipos del personal de salud hacia las mujeres que se atreven a solicitar el servicio, impiden el acceso al aborto legal y seguro. Cuando una mujer decide interrumpir un embarazo, es porque el Estado y sus instituciones han fallado; porque la información sobre la salud sexual y reproductiva ha sido insuficiente y poco adecuada; porque los roles y estereotipos en sociedades conservadoras y patriarcales han impedido el disfrute de una vida sexual y reproductiva plena (falta de educación sexual, poco acceso a métodos anticonceptivos, prejuicios en torno al ejercicio de la sexualidad y prejuicios en su atención por parte del personal de salud), y, porque en muchas ocasiones son embarazos impuestos con violencia y pese a ello se criminaliza a las mujeres. De acuerdo a los informes del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre incidencia delictiva del fuero común, de enero a agosto del 2020, a nivel nacional se registraron 434 delitos de aborto, de los cuales, presentaron mayor incidencia el Estado de México (101), Nuevo León (67) y Ciudad de México (57). La situación de criminalización contra las mujeres por interrumpir un embarazo representa una grave violación a sus derechos y niega toda posibilidad de decisión sobre su vida reproductiva. La facultad de decidir en lo relativo a los derechos sexuales y reproductivos como parte de los derechos humanos, está garantizada jurídicamente en México por la Constitución Política, que establece en el Artículo cuarto que “toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos” y afecta su derecho al libre desarrollo de la personalidad que como bien dice la SCJN, toda persona tiene derecho a elegir de manera libre su proyecto de vida.
Para la CNDH, el derecho a decidir otorga dignidad a las mujeres, base de los derechos humanos, por lo tanto, el Estado debe garantizar sus derechos sexuales y reproductivos, tales como el derecho a la educación sexual; el acceso al aborto electivo, realizado por profesionales y en el marco legal; a la anticoncepción; a los tratamientos de fertilidad, y la protección legal contra abortos forzados.
SIC mx