IMSS con un Tabulador de Sueldos para el Personal de Base inferior al salario mínimo; por ende, inconstitucional.

Por: Andrés Peñaloza.
Ni las categorías salariales más altas del Tabulador de Sueldos para el Personal de Base vigente del 16 de octubre del 2026 y hasta el 15 de octubre de 2027 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) alcanzan el salario mínimo mensual aplicado para la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), equivalente a 13,409.8 pesos mensuales.
Así, los cirujanos máxilos faciales, los médicos familiares y no familiares o aquellos especializados para el traslado de pacientes de urgencia o de terapia intensiva, no alcanzan a recibir ni el salario mínimo de un trabajador fronterizo, quienes reciben $3,634.21 pesos más que los llamados “héroes y heroínas de la pandemia”.
Ocurre también con las enfermeras (tanto las auxiliares, las generales, las especialistas o jefas de piso) quienes perciben salarios por debajo del mínimo fronterizo. Hasta 2004, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, establecía un salario mínimo profesional para enfermeras tituladas por un monto 29% superior al salario mínimo general y en el caso de las auxiliares en enfermería, la cantidad era 16% encima del mínimo.

Un caso inconcebible es la de residentes, médicos titulados y que realizan su especialidad, que ni con becas alcanzan lo otorgado a los beneficiarios del programa jóvenes construyendo el futuro.
De hecho, ninguna categoría de las 361 especificadas en el Tabulador rebasa el salario mínimo de la ZLFN de 13,409.80 pesos mensuales.
Pero, incluso, tomando como referente el salario mínimo general, equivalente a 9,582.47 pesos mensuales, resalta que la inmensa mayoría de la base trabajadora del IMSS, el 84.5%, su sueldo tabular es inferior al salario mínimo.
Esto significa que el acuerdo anunciado por las autoridades del IMSS y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS), cuya dirigencia esta cuestionada en el marco de las movilizaciones llevadas a cabo desde el momento en que se dio a conocer el acuerdo aprobado por el 80% de los delegados oficiales asistentes al LXV Congreso Nacional Ordinario del SNTSS, es anticonstitucional toda vez que nadie debe percibir una remuneración por debajo del salario mínimo.
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