OpiniónzDestacado

Tras más de un lustro de lucha obrera se logra acuerdo histórico en Goodyear-San Luis Potosí.

Contrato ley de la industria hulera, no estaba muerto estaba secuestrado por quienes se iban de parranda.

Por: Andrés Peñaloza Méndez

El pasado 19 de enero, la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM), comunicó la conclusión de las negociaciones con la transnacional Goodyear- San Luis Potosí, S. de R. L. de C. V. (Goodyear- SLP), acordando las medidas necesarias para la aplicación del Contrato Ley de la Industria de la Transformación del Hule en Productos Manufacturados (Contrato Ley), que fue una de las principales resoluciones del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Tratado de Libre Comercio México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), para reparar las violaciones a los derechos laborales cometidas por años por la llantera sirviéndose ilegalmente del contrato colectivo de trabajo (CCT) firmado con la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que negó a las personas trabajadoras de Goodyear las prestaciones, remuneraciones y relaciones de trabajo contenidas en el Contrato Ley.

Entre los acuerdos obtenidos está el reconocimiento patronal de los pagos ilegalmente negados, como el Fondo de Previsión Social, que representa el 14.5% de los salarios anualizados del personal sindicalizado; el 13% del Fondo de Ahorro; la aportación del IMSS correspondiente a las personas trabajadoras; un aumento en la prima vacacional de hasta 108% dependiente de la antigüedad; paga de 44 días de aguinaldo (antes sólo se cubrían 28 días); la jornada semanal de trabajo de 40 horas, con pago de 56; pago de 120% de prima dominical, entre otras.

Adicionalmente, se hicieron correcciones al tabulador salarial para alinearlo al Contrato Ley y al sistema de pago de prestaciones asociadas al salario, incluyendo a un importante grupo de trabajadores, favoreciendo al conjunto del personal sindicalizado.

La configuración de un nuevo tabulador, añade categorías de trabajo y nuevos niveles salariales, basadas en las posiciones de las personas en el proceso de trabajo y reconociendo labores con mayor cualificación, se retoma el criterio de antigüedad para la progresión salarial, señalado en el Contrato Ley.

La generación de escalafones por área, las identificación de especialidades en el trabajo, así como un sistema de pagos basado en una remuneración salarial dependiente de la labor de las personas, implicará pagar más, cuando se desarrolle la labor de una categoría con mayor salario; y será con base en el cálculo del salario promedio de las cuatro semanas de trabajo previas al goce las prestaciones como la prima vacacional, que alcanza entre 25 y 31 días, dependiendo de la antigüedad y el aguinaldo equivale a 44 días.

De esta manera, los ingresos de los y las trabajadoras en Goodyear-SLP, en lo inmediato, mejoran sustantivamente y para el futuro, la perspectiva es de progresos laborales al democratizar y transparentar la bilateralidad en las relaciones laborales.

Lo conseguido por la base trabajadora de Goodyear-SLP corona no sólo más de un lustro de lucha en la planta ubicada en tierra potosina sino forma parte de una longeva defensa de 86 años del Contrato Ley en la industria hulera.

Huelga en 1938 consigue el contrato ley de la industria hulera

En 1938, cuarto año del gobierno del General Lázaro Cárdenas del Río, la recién conformada Coalición de Sindicatos de la Industria Hulera, realizó una huelga de tres días, cuyo resultado fue la firma del Contrato Ley (contratación colectiva aplicable a nivel de toda la industria hulera nacional).

Entre las conquistas de aquel entonces destaca el establecimiento de la jornada laboral de 40 horas y 42 días de aguinaldo, algo que los legisladores actuales, timoratos y subordinados al capital, siguen dilatando en aprobar.[1]

A lo largo de más de ocho décadas las y los trabajadores de la industria hulera han tenido que enfrentar, en diversos momentos, las embestidas patronales para eliminar el Contrato Ley, reducirlo o sustituirlo con contratos colectivos de empresa.

Queja al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC por denegar derechos colectivos en Goodyear, San Luis Potosí

El 1 de junio de 2023 el gobierno de México informa admitir la revisión de la queja presentada por el gobierno de los Estados Unidos al amparo del MLRR del Anexo 31-A del T-MEC, recibida el 22 de mayo, respecto a la denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la instalación de fabricación de llantas de Goodyear-SLP.

Entre las violaciones a derechos colectivos formulados en la queja se detalla la negativa de la transnacional  de aplicar los términos más beneficiosos del Contrato Ley; la desinformación por parte de la empresa y el sindicato charro titular del CCT respecto a la existencia de un Contrato Ley; así como la omisión de sancionar a los responsables de interferir u obstruir la consulta de legitimación del CCT realizada el 23 de abril de 2023, misma que fue cancelada debido al hurto de una urna con los votos de la consulta.

El procedimiento de legitimación hubo de reponerse el 8 de mayo de 2023, resultando en la terminación de dicho contrato, rechazado mayoritariamente por la base trabajadora de Goodyear.

Plan de Reparación

El 19 de julio de 2023, los gobiernos de México y de Estados Unidos anuncian un Plan de Reparación con respecto a la queja mencionada, comprometiendo a la empresa Goodyear-SLP a cooperar con las autoridades de ambas naciones para respetar los derechos laborales y sindicales.

Asimismo, se reconoce la opción para acoger en la contratación colectiva las prestaciones más benéficas a las personas trabajadoras sindicalizadas, que estén involucradas en la transformación del hule en productos terminados y sus actividades relacionadas.

Legitimación democrática del CCT

El 9 de agosto de 2023 en conferencia de prensa representantes del Sindicato Independiente de Trabajadores de Goodyear México (SITGM), sección de la LSOM, celebraron su victoria con 899 votos sobre el Sindicato Nacional de la Metal Mecánica “Miguel Trujillo López”, perteneciente a la CTM, con apenas 30 votos a su favor.

El sindicato cetemista ostentaba, desde 2015, aun antes de la construcción de la planta de Goodyear en San Luis Potosí, la titularidad del contrato colectivo, pero derivado del recuento celebrado entre el 7 y 8 de agosto, en adelante la transnacional llantera tuvo que negociar bajo las condiciones que se encuentran establecidas en el Contrato Ley en aquellos aspectos que sean más beneficioso para el trabajador, las cuales son hasta 30% superiores en prestaciones, la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas, con dos días de descanso a la semana y pagos retroactivos a las personas trabajadoras afectadas.[2]

Revisión salarial de 2024

Democracia, progreso y avance social, lema del SITGM-LSOM, guía la negociación de la revisión salarial de 2024, negociada actualmente con la llantera, cuya matriz fue fundada en 1898.

La demanda obrera consiste en un aumento del 10.5% a los salarios del personal sindicalizado, una petición razonable y factible de negociar favorablemente.

SIC mx


[1] María Atilano Uriarte, Mujeres, SUSTENTO DE LA DIGNIDAD TRABAJADORA EN LA HUELGA DE EUZKADI  https://mx.boell.org/sites/default/files/euzkadi.pdf y Juan José Rojas Herrera, Avatares de la lucha obrera en la época neoliberal: la experiencia de la Sociedad Cooperativa Trabajadores Democráticos de Occidente. 10 Sep 2021 en Espiral (Guadalajara). http://www.espiral.cucsh.udg.mx/index.php/EEES/article/view/7148/6590 (20/01/2024).

[2] Para consultar conferencia de prensa: https://www.facebook.com/SITGMSLP/videos/671893328301343

Mostrar más

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar
Cerrar

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios