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Ni pronta ni expedita la justicia laboral, ¡Trabajadoras, no becarias!

A propósito de la lucha de la Coalición de Trabajadoras y Trabajadores por los Derechos Laborales en las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

Por: Andrés Peñaloza Méndez

En el primer párrafo del artículo 17 constitucional se establece:

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. Las leyes preverán las cuantías y supuestos en materia tributaria en las cuales tanto los Tribunales Administrativos como las Juezas y Jueces de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación o, en su caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deberán resolver en un máximo de seis meses, contados a partir del conocimiento del asunto por parte de la autoridad competente. En caso de cumplirse con el plazo señalado y que no se haya dictado sentencia, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones de dicha demora o, en su caso, dar vista al órgano interno de control tratándose de Tribunales Administrativos.

En este párrafo queda expuesto un principio fundamental: la justicia debe ser pronta y expedita. Sin embargo, al analizar el sistema de justicia mexicana, resalta la parsimonia y el entorpecimiento estructural, para cumplir con el mandato constitucional.

Ocurre con el injustificado despido masivo, hace prácticamente un lustro, en varios planteles de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, cuyas autoridades niegan relaciones laborales al considerar que la relación, es de otro carácter, clasificando a las y los docentes como becarios y no como trabajadores.

Este jueves 11 de diciembre de 2025 la Coalición de Trabajadoras y Trabajadores por los Derechos Laborales en las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, en conferencia de prensa recordaron que desde el año 2021 mantienen una lucha por el reconocimiento de la relación laboral, ante los despidos injustificados y el maltrato laboral.

Con seis demandas colectivas, integradas por 40 docentes, han recurrido a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y en 2023 exigieron se emitiera las sentencias al excederse con los tiempos establecidos por la ley.

Finalmente, la Junta emitió sentencias absolutorias para la patronal pese a que se probó la relación laboral, negó la condición laboral y ¡sorpresa! los señaló como beneficiarios sociales. Desconociendo así el propio decreto de creación del Organismo Coordinador, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de julio de 2019 y que en su artículo 13 señala: “Las relaciones de trabajo entre el Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García y sus trabajadores, se regirán por el Apartado «A» del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”

En búsqueda de justicia laboral, continuaron su lucha, en el año 2024, recurrieron a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Laboral, solicitando el amparo directo. A partir de mayo de 2025 se emitieron sentencias; de los seis expedientes interpuestos, en tres se determinó que SI existe relación laboral. Sobre uno de los amparos, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje No. 11 se ha negado a reconocer, en tres ocasiones, la existencia de la relación laboral. Incurriendo ya “en el delito de contra la sentencia de amparo”.

Aún están, en espera de que se dicte sentencia en dos expedientes más.

En el proceso de defensa de sus derechos laborales han experimentado dilación por parte de las instituciones y enumeran: 1) la ocasión en que la Junta les citó a conciliar con la patronal un día previo a la emisión de los laudos, negociación que NO está dentro de la normativa; 2) las agresiones físicas en contra de su abogado Juan de Dios Hernández al intentar ingresar a una de las audiencias, 3) el ofrecimiento de dinero por parte de la patronal a los demandantes para desistir del caso, 4) la advertencia de la directora del Organismo Coordinador, quien señaló que aunque las autoridades determinarán que había relación laboral, ella desacataría pues su intención no es reinstalarlos.

La sesgada respuesta institucional y dilación, denuncian, les mantiene en una situación de vulnerabilidad en sus derechos humanos básicos y laborales. A la fecha siguen a la espera de que se conceda el amparo de los dos últimos expedientes que fueron presentados ante Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Laboral y de que la Junta elabore los laudos correspondientes que reconozcan la relación laboral como lo señalan los Tribunales Colegiados y que se ejecuten los laudos correspondientes que ya han salido a favor de las y los trabajadores.

A más de cuatro años del proceso legal reafirman la importancia de la búsqueda de justicia por los derechos laborales. Reiteraron su exigencia para que la Junta Federal Especial No. 11 cumpla con su función de garantizar la defensa de los derechos laborales y que en esta ocasión no desacate las sentencias de amparo emitidas por los Tribunales Colegiados y que en las cuatro sentencias de amparo que ya fueron emitidas, los Tribunales Colegiados reconocen que SÍ existe relación laboral y ordenan a la Junta de Conciliación y Arbitraje emitir un nuevo laudo que la reconozca.

Solicitan la resolución de los dos amparos que siguen pendientes en el Tribunal Décimo Tercero y el Tribunal Décimo Sexto Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo y que la Junta Federal de Conciliación respete las sentencias de amparo que el Consejo de la Judicatura Federal ha emitido y ejecuten los laudos a favor de las y los trabajadores.

Esta lucha es ejemplar y exhibe una situación irregular en materia laboral también presente en otras áreas gubernamentales, como en los llamados servidores de la Nación, Pilares, IMSS Bienestar, entre otras.

SIC mx

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