Ideología libertaria patronal y su legitimación con el nuevo modelo laboral
Por: Andrés Peñaloza Méndez
Problemas en el proceso de legitimación
Con la reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1 de mayo de 2019, se crea la arquitectura para el llamado nuevo modelo laboral.
La expectativa levantada, en gran medida por la propaganda oficial y de la patronal, fue el inminente advenimiento de la democracia, la transparencia, la justicia y la libertad laboral.
Uno de sus pilares sería la obligada legitimación de los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT). Se habló de la existencia de medio millón, pero eventualmente, modificaron cantidades, sin justificación plausible. En la actualidad, el reporte de contratos registrado asciende a 138 mil 529, de los cuales el 78 %, fueron dados de baja al no promoverse el proceso de legitimación en el discurrir de cuatro años fijados por la ley para ello.
Apenas 30,529 mil contratos fueron legitimados. Es decir, el 22 % de los registrados ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).
Recientemente, personal del CFCRL han admitido, haber detectado dificultades el proceso de legitimación y el “contubernio” entre sindicatos y empresas para intentar obtener la constancia de representatividad, sin el apoyo real de los trabajadores.
Algunas prácticas detectadas a partir de la revisión de inspectores laborales en el 60 % de las constancias de representatividad, es la falsificación de firmas e intervención indebida de las áreas de recursos humanos, en estas. La constancia es indispensable para que las dirigencias de las organizaciones sindicales puedan negociar y firmar un nuevo contrato colectivo con la empresa. En 2023 se solicitaron 15 mil 353 constancias de representatividad y únicamente se otorgaron 6 mil 299. Para 2024 se pidieron 3 mil 109 y se autorizaron 2 mil 616.[1]
Para dimensionar el alcance del proceso de legitimación y las expectativas levantadas, en su momento, por falsos profetas laborales; y, siguiendo las palabras de un tal Mateo: “vestidos de ovejas, pero por dentro son lobos rapaces. Por sus frutos los conoceréis”. ¿Y cuáles fueron los frutos?
Si extraemos de los cinco millones 564 mil 612 establecimientos existentes en el país[2], un millón 200 mil empresas, cifra acaso conservadora, pero sin duda susceptible de contratación colectiva, caemos en cuenta lo insignificante (sólo el 2.5 %), de legitimaciones deseables y posibles.}
La ideología libertaria patronal y el anarquismo de mercado
La extendida ausencia de organización gremial hoy justificada, de manera cínica o soterradamente, pero trasluciendo la ideología libertaria liberal, soporte de la avasalladora clave interpretativa del nuevo modelo laboral: derecho de la persona trabajadora para inclinarse libremente a no asociarse (union free).
La mayoría de la gente tiene una idea tan elemental, reprochaba en los años sesenta del siglo pasado Friedrich August von Hayek, que apoyando a los sindicatos creen luchar por la “libertad de asociación”, cuando en realidad, la frase perdió significado y “el verdadero problema ha pasado a ser el de la libertad del individuo para afiliarse o no a un sindicato”.[3]
El ideólogo austriaco del neoliberalismo, sostenía en Los fundamentos de la libertad (en inglés, The Constitution of Liberty, 1960), que la ruta a seguir era la libertad de la persona trabajadora para acogerse o no a una organización sindical.
La contratación colectiva debe dar paso a la contratación individual toda vez que la política sindical cambio de un contexto donde se restringía o se prohibía la actividad gremial captando, en ese momento, el apoyo de liberales en defensa de los principios generales de la libertad. Pero, al desplazarse hacia un polo de monopolio corporativo para las asociaciones obreras y dejando de perseguir “una finalidad egoísta legítima” el sentimiento pro sindical, declinó.
Los excepcionales privilegios que, según el laureado con el Nobel de Ciencias Económicas en 1974 y exponente de la Escuela Austriaca, gozan los sindicatos “conducen al aniquilamiento del mercado y a que la actividad económica quede bajo su control” atribuyéndole responsabilidad en las desigualdades, resultado de su monopolio en el mercado laboral.
Sentenciaba: “el fundamento entero de nuestra sociedad libre se halla gravemente amenazado” por los abusos del poder sindical, rayando en prácticas delictivas. Cuestionaba el carácter inalienable del derecho de huelga y prescribía acotarlo o prohibirlo en determinadas circunstancias; atribuía al sindicato de capacidad para expropiar prácticamente al propietario y obligarlo a renunciar a las utilidades de su negocio. Si los sindicatos no pudieran coaccionar a los obreros no afiliados, entonces no podrían impulsar el alza de los salarios por encima del nivel de mercado e inhibir a quienes buscan trabajo emplearse, aunque sea en condiciones precarias.[4]
En una reunión del partido conservador inglés a fines de los años setenta del siglo pasado, Margaret Thatcher, sacó de su bolso un ejemplar del libro de Hayek, y dijo con severidad: «Esto es lo que creemos”[5]; años después como primera ministra del Reino Unido (1979 a 1990) fue intransigente al practicar los fundamentos hayekianos. Ahora, ya no se golpea la mesa con el lomo de Los fundamentos de la libertad, como lo hizo la Dama de Hierro, pero con eclécticos argumentos se justifica la des-sindicalización y consecuente atomización obrera, con frases manoseadas y hurtadas a Marx: “la emancipación de la clase obrera debe ser obra de los obreros mismos”. No es culpa nuestra. La autoridad laboral debe replegarse, ser árbitro imparcial, observador y aval de la libertad ejercida por la clase trabajadora de tener uno, varios o ningún sindicato.
Los polos dominantes: corporativismo sindical y union free
Cabe preguntarse: ¿por qué no hacer público el listado de los más de 108 mil CCT dados de baja y emprender una investigación oficial, sobre las empresas involucradas?
Una investigación, sin duda, útil y posible sobre los registros del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Secretaría de Economía (SE), Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) y otras dependencias públicas federales, estatales y municipales, para garantizar no sean vulnerados derechos laborales, como reducciones salariales y en prestaciones o recontrataciones simuladas.
Algunas empresas habrán cerrado y/o cambiado de razón social o habrán optado una estrategia empresarial propia del sindicalismo de protección y corporativo de ignorar las consultas y esperar, de ser necesario, para gestionar nuevos registros. Desde el 2021 al 10 de marzo del 2024, se han firmado mil 900 nuevos contratos colectivos. En 2022 se emitieron mil 403 constancias de representatividad, un año después crece en más de tres veces: 4 mil 672 constancias; pero únicamente 435 (31 %) y 1,535 (33 %), respectivamente, se convirtieron en nuevos contratos colectivos.[6]
Sobra decir, que son las centrales del Congreso del Trabajo y algunas otras con fuerte carácter pro patronal, las que han promovido el mayor número de legitimaciones.
De esta manera, lo predominante en el mundo del trabajo, es la union free (contrataciones individuales, libre de sindicatos). En el caso, de la reducida esfera sindical, son las centrales provenientes del viejo régimen corporativo aunado a sus desprendimientos, así como, a organismos blancos, abiertamente pro patronales, los hegemónicos. El sindicalismo independiente, aun obteniendo sonadas y estimulante victorias, es extremadamente marginal en el conjunto del proletariado.
Entre el corporativismo sindical y la individualización contractual
Con la reforma laboral de 1970, se abrió una coyuntura de insurgencia sindical, en parte porque la visión de la “libertad sindical” preservaba principios del derecho social; con la reforma del 1 de mayo de 2019, aunque significativas, son contadas las luchas para democratizar y expandir la organización sindical. Finalmente, decir que tan importante es aprovechar los resquicios abiertos en el nuevo modelo laboral para dar pasos en la organización sindical autónoma como vital preservar y fortalecer las capacidades combativas de organizaciones sindicales existentes, como hace 45 años ejemplarmente desarrolla la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), hoy nuevamente
movilizado por reivindicaciones salariales, prestaciones y de seguridad social con horizonte emancipatorio.}
SIC mx
Bibliografía:
Hayek, F.A. Los fundamentos de la libertad (segundo tomo), Fundación Ignacio Villalonga, 1964, Valencia, España, 1961
Marx, Karl. Estatutos Generales de la Asociación Internacional de los Trabajadores
https://www.marxists.org/espanol/m-e/1860s/1864-est.htm
[1] Declaraciones y datos de Alfredo Domínguez Marrufo, titular del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral el 15 de marzo de 2024. https://www.jornada.com.mx/noticia/2024/03/15/sociedad/detectan-contubernio-entre-sindicatos-y-empresas-para-obtener-constancia-de-representantividad-4733
[2] INEGI. DENUE, mayo de 2024. Liga: https://www.inegi.org.mx/app/saladeprensa/noticia.html?id=9052
[3] Hayek, p. 32
[4] Hayek, pp. 30-39
[5] Daniel Yergin* & Joseph Stanislaw*. Quotes on Hayek & the Triumph of the Liberal Order, https://web.archive.org/web/20190910092410/http://www.hayekcenter.org/friedrichhayek/qs-20th.htm
[6] Alfredo Domínguez Marrufo, infra.